A poco más de 70 días de que el Gobierno de México reconoció la epidemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) como una enfermedad grave de atención prioritaria, el número de contagiados y muertos continúa en acenso a nivel nacional, sin embargo, se hace evidente que la necesidad de reactivar la economía en determinados sectores ejerce una gran presión para que la sociedad mexicana retome las actividades laborales, sociales y recreativas en un breve tiempo.
La incertidumbre que se vive en México sobre el regreso a las actividades laborales y los cuestionamientos sobre cuando se podrá reducir el número de casos por COVID-19 han creado un futuro incierto para muchos, sin embargo, como el resto de los países, México tarde o temprano empezará a reabrirse a lo que el gobierno llama una “nueva normalidad”.
Según el documento “Perspectivas económicas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos OCDE”1 México registrará una fuerte recesión en 2020, debido a que si existe un rebrote del COVID-19 este año la caída del Producto Interno Bruto (PIB) podrá ser del 8.6% y para 2021 la recuperación será del 2%; si no lo hay, la caída será de 7.5% en 2020 y la recuperación de 3% en 2021.
De esta manera la Secretaria de Salud con el propósito de poder dar paso a la pronta recuperación económica emitió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias2, publicado el 15 de mayo de 2020.
La estrategia consiste en la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta considerando 3 etapas:
• Etapa 1: con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19.
• Etapa 2: consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general.
• Etapa 3: consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general.
Por consiguiente, la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social el pasado 29 de mayo de 2020 emitieron el ACUERDO mediante el cual establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas3, con la finalidad que las empresas y los centros de trabajo retomen o continúen sus actividades bajo protocolos de seguridad sanitaria, garantizando tanto a su personal como al público en general, que se está cumpliendo con estándares para reducir los riesgos asociados a la enfermedad grave de atención prioritaria COVID-19.
En dichos lineamientos las empresas deben identificar si la actividad desarrollada es considerada o no como esencial y con base a ello, podrán operar de manera diferenciada dependiendo de lo estipulado en el sistema de semaforización de aplicación local o federal, el nivel de riesgo establecido para el municipio o población en el cual se encuentren ubicados, que permite comunicar la magnitud de la transmisión del virus actualizándose semanalmente y consta de cuatro niveles de alerta:
• Rojo para alerta máxima: Sólo se encuentran en operación las actividades esenciales.
• Naranja para alerta alta: Operación plena de actividades esenciales y operación reducida en actividades no esenciales.
• Amarillo para alerta intermedia: Actividades acotadas en el espacio público y actividad económica plena
• Verde para alerta cotidiana: Reanudación de actividades
A fin de que los negocios o centros de trabajo puedan considerar el retorno seguro de sus trabajadores deben elaborar el diagnóstico situacional de las condiciones, equipos, recursos y materiales necesarios, para identificar y aplicar las medidas preventivas para prevenir y mitigar el riesgo de contagio.
El diagnóstico situacional consta de 45 ítems para micro y pequeñas empresas y 68 ítems para las medianas agrupadas en las siguientes secciones:
1. Medidas de ingeniería o estructurales: el espacio físico en el que se desarrollen las actividades en la planta, almacenamiento, distribución, talleres, ruta, clientes y en su caso incluye áreas comunes como sanitarios, comedor, vestidores, etc.
2. Medidas administrativas u organizacionales: son las políticas, protocolos o lineamientos de operación de la empresa encaminadas a la prevención del riesgo de contagio, así como las medidas de traslado del hogar al trabajo y del trabajo al hogar.
3. Equipo de protección personal: se refiere a todos los insumos y materiales que la empresa destine a los colaboradores para el desempeño de sus actividades.
4. Capacitación: dirigida al personal directivo, gerencial o de operaciones, sobre las acciones para realizar su actividad en la empresa y prevenir el contagio por COVID-19, además del programa de difusión para hacer llegar a todos los colaboradores dicha información.
5. Promoción a la higiene y la salud: se refiere a programas de salud física y mental para los trabajadores, así como información referente a la prevención de COVID-19. También contempla la promoción, prevención, atención y seguimiento de los estados de salud de los trabajadores con enfermedades comorbidas a la COVID-19, así como los instrumentos necesarios para detectar algún posible contagio.Para el caso de las grandes empresas el diagnóstico se divide en 78 ítems sumando una sección adicional a las que se solicitan para las micro y pequeñas empresas y medianas empresas.6. Sistema de Gestión: incluye la identificación de peligros y evaluación de riesgos relativos a contingencias sanitarias.
Del mismo modo y alineado con los acuerdos emitidos por las autoridades federales, estados en la República Mexicana han emitido documentos donde establecen lineamientos con acciones preventivas para reducir los riesgos de contagios ante la nueva reapertura de las actividades económicas, por ejemplo:
En la Ciudad de México el pasado 20 de mayo de 2020 dio a conocer el Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de Mexico4 contemplando un semáforo epidemiológico que dependerá de la capacidad hospitalaria establecido en cuatro colores rojo mayor al 65% de ocupación, naranja ocupación menor a 65% y dos semanas de tendencia a la baja, amarillo ocupación menor al 50% y dos semanas de tendencia a la baja y verde menor al 50% de ocupación y al menos un mes con ocupación baja estable. Reiterando que en todos los colores de semaforización deben continuar las medidas de salud pública:
• Uso de cubre bocas en transporte público y lugares con aglomeraciones de personas
• Gel antibacterial y lavado frecuente de manos
• Mantener la Sana Distancia entre las personas (1.5 metros)
• Estornudo de etiqueta
• Limpieza y desinfección constante de espacios de trabajo y en el hogar
• Evitar saludarse de mano o con beso
El programa “Hoy No Circula temporal” para todos los hologramas se mantendrá hasta el aviso correspondiente de las autoridades, recordando que dentro de las exenciones se tiene a vehículos locales y federales de transporte de carga y vehículos que se utilicen para actividades esenciales. Asimismo, se crea el Comité de Monitoreo de la Ciudad de México con el propósito de dar seguimiento al Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, con base en los indicadores de las autoridades sanitarias Federal y Local.
En el caso del Estado de México emitió el pasado 20 de mayo de 2020 en su Periódico Oficial el ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PLAN PARA EL REGRESO SEGURO A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, SOCIALES, GUBERNAMENTALES Y EDUCATIVAS CON MOTIVO DE LA ENFERMEDAD POR EL VIRUS (COVID-19), EN EL ESTADO DE MÉXICO5, el cual contempla el regreso gradual a las actividades no esenciales mediante un sistema de semáforos con un nivel de riesgo que va desde el color rojo (máximo), naranja (alto), amarillo (intermedio) y bajo (verde) que se determinará por:
a) Región;
b) Contribución a la economía de las familias mexiquenses, y
c) El nivel de riesgo sanitario que determine la autoridad sanitaria
También se aplica un programa temporal Hoy No Circula considerando dentro de las exenciones a vehículos locales y federales de transporte de carga y vehículos que se utilicen para actividades esenciales.
Recientemente los Gobiernos del Estado de México y la Ciudad de México, anunciaron el término del programa “Hoy no Circula Temporal”, por lo que a partir del 15 de junio se reanuda el programa Hoy No Circula, aún y cuando los Centros de Verificación permanecerán cerrados hasta nuevo aviso, generando incertidumbre para todas las empresas que desde el mes de marzo han adquirido vehículos nuevos de carga para renovar su flota vehicular ya que al no existir centros de verificación abiertos es imposible obtener el holograma doble cero que corresponde a los vehículos nuevos, por lo que deberán dejar de circular dos días a la semana, agudizando la situación económica de las empresas en esta emergencia sanitaria
En el Estado del Chihuahua el pasado 30 de mayo se publicó en su Periódico Oficial la estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas en el estado6 donde se establece el sistema de evaluación y evaluación de actividades mediante el semáforo el cual identifica con colores las etapas en que deberán adoptarse diversas medidas de seguridad sanitaria. Los centros de trabajo, incluidos los que realicen actividades esenciales y nuevas esenciales, en cualquiera de las etapas del semáforo deberán sujetarse al sistema de evaluación y control de actividades, y deberán remitir al correo electrónico [email protected] de la Secretaría de Salud Estatal la copia del comprobante de la autoevaluación realizada.
En Nuevo León se publicó el ACUERDO NÚMERO 6/2020 RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA ATENDER LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)7, el pasado 31 de mayo de 2020, en donde se determina que las actividades no esenciales salvo las que determine la Secretaria de Salud Estatal en coordinación con la Secretaría de Economía y Trabajo del Estado permanecerán suspendidas hasta el 30 de junio de 2020.
El mismo 31 de mayo de 2020 en el Estado de Jalisco se publicó el ACUERDO DEL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN DIVERSAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA PARA EL AISLAMIENTO SOCIAL, DE CARÁCTER GENERAL Y OBLIGATORIO CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-198. Donde se considera que para la reapertura de actividades económicas será de manera gradual, ordenada y cauta, conforme a lo dispuesto en el Plan Jalisco para la Reactivación Económica aprobado por la Comisión Interinstitucional para la Reactivación Económica del Estado de Jalisco. La Fase 0 de dicho Plan se extenderá hasta el día 14 de junio de 2020. En las actividades que sean consideradas esenciales y en aquéllas que entren en operación conforme al Plan Jalisco de Reactivación Económica, no podrán realizar eventos, reuniones o congregaciones de más de 50 personas, ya sean de carácter público, privado o social.
En Puebla se publicó el DECRETO del Ejecutivo del Estado, mediante el cual se toman las medidas emergentes, de sana distancia, confinamiento y se extiende el “Hoy No Circula”, y demás Decretos que restringen la movilidad humana para evitar el contagio y propagación del virus COVID 19 en el Estado de Puebla9. En dicho decreto se contempla que para los empleadores reanuden actividades tendrán la responsabilidad de implementar en las áreas de trabajo los lineamientos protocolos o reglas, que al efecto se emitan para cada sector económico y actividad. Asimismo, menciona que a las personas cuyas fuentes de trabajo han sido declaradas esenciales, o laboran en empresas que reinician actividades, se recomienda que solo salgan de sus domicilios para ir a sus lugares de trabajo y terminando su jornada regresen a sus hogares para para evitar contagiarse con el consecuente peligro de su salud o de su vida.
Además, se continúa con la medida temporal “Hoy No Circula”, para la reducción de la movilidad de las personas, mediante la restricción de la circulación o tránsito vehicular.
Finalmente, dentro de las actividades consideradas esenciales se encuentra el transporte de carga, donde se reconoce la labor de los conductores del autotransporte de carga ya que a pesar de la incertidumbre de esta situación siguen hacen llegar a todo el país insumos que las personas necesitamos en nuestra vida diaria como son medicamentos, equipo médico y tecnologías, alimentos y bebidas, combustibles y entre otros.
Asimismo, para muchas personas que desempeñaban su labor en oficinas, la forma y el espacio de trabajo ha cambiado ya que existen las herramientas tecnológicas para trabajar vía remota desde casa (Home office), esta migración hacia nuevas formas de trabajo podría abrir la puerta a oportunidades y retos para las personas que tendrán que aprender a adaptarse y desarrollar destrezas sobre el manejo de su tiempo.
En definitiva, antes del retorno a la “nueva normalidad”, debemos estar consientes que por el momento no existe una vacuna que permita proteger a la población, el virus permanecerá entre nosotros y continuarán los contagios, y a pesar de que todos queremos que la economía del país se reactive debemos acatar las medidas sanitarias que las autoridades han emitido con la finalidad de poder reducir el número de contagios.
1. OCDE/Perspectivas económicas de la OCDE, Primer Número año 2020, pág. 35.
https://read.oecd-ilibrary.org/view/?ref=134_134137-jdwxum94tv&title=Perspectivas-economicas-OCDE-junio-2020oe.cd/il/33h
2. DOF: 15/05/2020
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593411&fecha=15/05/2020
3. DOF: 29/05/2020
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5594138&fecha=29/05/2020
4. Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la CDMX.
https://bit.ly/2XdD6ce
5. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PLAN PARA EL REGRESO SEGURO A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, SOCIALES, GUBERNAMENTALES Y EDUCATIVAS CON MOTIVO DE LA ENFERMEDAD POR EL VIRUS (COVID-19), EN EL ESTADO DE MÉXICO.
http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2020/may201.pdf
6. ACUERDO N° 083/2020 del C. Gobernador Constitucional del Estado por el que se establece la estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas en el estado de Chihuahua, en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.
http://www.chihuahua.gob.mx/atach2/periodicos/po44_2020_.pdf
7. ACUERDO NÚMERO 6/2020 RELATIVO A LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA ATENDER LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)
http://sgi.nl.gob.mx/Transparencia_2015/Archivos/AC_0001_0007_00168523_000001.pdf
8. ACUERDO DEL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN DIVERSAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA PARA EL AISLAMIENTO SOCIAL, DE CARÁCTER GENERAL Y OBLIGATORIO CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19.
https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/05-31-20-bis.pdf
9. DECRETO del Ejecutivo del Estado, mediante el cual se toman las medidas emergentes, de sana distancia, confinamiento y se extiende el “Hoy No Circula”, y demás Decretos que restringen la movilidad humana para evitar el contagio y propagación del virus COVID 19 en el Estado de Puebla.
http://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_2_01062020_C.pdf
Conforme a la información reportada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública tenemos que al mes de abril de 2020 (2,853 reportes de robo) hubo un decremento del -32%, en comparación con los 4,182 reportes realizados en el mismo periodo de 2019.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala que al 30 de abril de 2020 se reportaron un total de 2,853 robos de los cuales 2,391 (83.9%) fueron con violencia y 462 (16.1%) sin violencia.
Los estados con mayor incidencia delictiva en materia de robo a transportistas según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública son:
Por otro lado, la Fiscalía General de la República encargada de atender este delito a partir de febrero de 2018, reporta un incremento del 5% en comparación con lo reportado al mes de abril de 2019.
Si sumamos lo reportado por ambas instituciones al mes de abril (4,754) y lo comparamos con el mismo periodo de 2019 (5,984) observamos una disminución del -21%.
Si se compara los meses de marzo y abril contra lo reportado en el mes de febrero último mes antes de iniciar la emergencia sanitaria observamos lo siguiente:
1.Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública:
A) marzo vs febrero: incrementos del 8%
B) abril vs febrero: disminución del -10%
2.Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública:
A) marzo vs febrero: incremento del 10%
B) abril vs febrero: disminución del -7%
Por su parte La Oficina Coordinadora de Riesgos Asegurados (OCRA), nos señala en su comparativo de vehículos robados al sector asegurado en el periodo: 01 de enero al 30 de abril de 2020 vs mismo periodo de 2019
En lo que respecta al robo al ferrocarril, la Fiscalía General de la República nos reporta que al mes de abril se han reportado un total de 401 denuncias por este delito.
En términos generales la incidencia de robo al autotransporte de carga ha disminuido, pero se debe de recalcar que el número de reportes continúa teniendo números altos (4,754 carpetas de investigación a al mes de abril) si se suman las incidencias tanto del fuero común como del fuero federal.
La disminución que observamos puede deberse a diferentes factores entre ellos las estrategias implementadas por el gobierno, así como las acciones que como empresas hemos realizado al interior para prevenir el robo de nuestras mercancías y unidades.
ANTP junto con las diferentes cámaras y asociaciones de la industria continuamos trabajando y buscando acuerdos con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, como lo es la implementación del “Comité Interinstitucional de la Seguridad en el Transporte durante la Emergencia Sanitaria”, la cual tiene como objetivo realizar acciones de prevención y atención del robo de manera conjunta autoridad e industria, entre ellas: la implementación de corredores seguros y de Centros de Reacción Inmediata.
Referente a los Centros de Reacción Inmediata se busca puedan ser instalados en los estados de Aguascalientes, Michoacán, Querétaro y Veracruz, este último próximo a inaugurarse e iniciar operaciones y que al igual que el que actualmente esta operando en el C4 de Huejotzingo Estado de Puebla será operado y administrado por la Guardia Nacional, con el objetivo de dar atención inmediata por parte de las autoridades de seguridad pública federal y estatal a los reportes de robo al sector del transporte de carga y así bajar la incidencia delictiva a este sector en el Estado de Veracruz.
Respecto a la estrategia integral de corredores seguros, la cual es coordinada por la Dirección General de Seguridad en Carreteras e Instalaciones de Guardia Nacional y que tiene como objetivo prevenir la comisión de delitos en las vías de jurisdicción federal identificadas con mayor flujo vehicular a fin de generar condiciones de seguridad que garanticen el desplazamiento de los usuarios.
La estrategia contempla 5 corredores seguros:
En ANTP, continuaremos trabajando en la prevención del robo al transporte de carga dando seguimiento y participando en el desarrollo de las estrategias de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, así como con los trabajos al interior con nuestros socios compartiendo las buenas prácticas de prevención de robo, e impulsando con la Guardia Nacional acciones como la extensión del operativo escalón que se tiene de Puebla a Veracruz hasta el estado de Tabasco a la Ciudad de Villahermosa, todo lo anterior con la finalidad de seguir observando una disminución en la incidencia delictiva al sector.
El esquema para retener y enterar las contribuciones fiscales de los empleados de empresas autotransportistas se ha modificado significativamente en los últimos años. Es importante tener presente los sutiles, pero importantes cambios en la redacción de las facilidades administrativas otorgadas a este sector que han tenido en los últimos años.
Los operadores, maniobristas y macheteros de las empresas autotransportistas del Servicio Público Federal, han calculado sus impuestos de acuerdo con el decreto de facilidades administrativas para el sector que anualmente publican las autoridades hacendarias como beneficio para ellos.
En dicho decreto hubo un cambio en la redacción a partir de la publicación de 2018 en relación con lo publicado en 2017, que se refiere a lo siguiente:
2017
Los contribuyentes personas físicas y morales, así como los coordinados, dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal, que tributen en los términos del Título II, Capítulo VII o Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR, según sea el caso, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas, de acuerdo al convenio vigente que tengan celebrado con el IMSS, para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores, en cuyo caso, deberán elaborar y entregar a más tardar el 15 de febrero de 2018, una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate, en los términos en que se elabora para los efectos de las aportaciones que realicen al IMSS, además de emitir el CFDI por concepto de nómina correspondiente.
2018
Los contribuyentes personas físicas y morales, así como los coordinados, dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal, que tributen en los términos del Título II, Capítulo VII o Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR, según sea el caso, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos efectivamente realizados a operadores, macheteros y maniobristas, tomando como referencia el salario base de cotización que sirva para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores al IMSS, conforme a la normatividad aplicable, en cuyo caso, deberán elaborar y entregar en la ADSC más cercana a su domicilio fiscal a más tardar el 15 de febrero de 2019, una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate, en los términos en que se elabora para los efectos de las aportaciones que realicen al IMSS, además de emitir el CFDI y su complemento por concepto de nómina correspondiente.
Al cambiar la redacción donde decía: “De acuerdo con el convenio vigente que tengan celebrado con el IMSS” a la redacción actual que dice: “Conforme a la normatividad aplicable” quiere decir que efectivamente se puede realizar la retención del impuesto al trabajador con la tasa del 7.5% pero al final del año se tiene que realizar el cálculo anual correspondiente.
O sea que, si se ha tomado esta opción de la facilidad administrativa otorgada para el cálculo y la retención de impuestos a estos empleados de las empresas dedicadas al autotransporte terrestre de carga, desde el año pasado se debió realizar el ajuste anual de acuerdo con la tabla normal de causación del ISR y el entero de las diferencias que hubieran resultado.
Reiteramos nuestro compromiso con todo el personal que labora en el sector salud dando todo en la primera línea, con las familias mexicanas para continuar entregando insumos y equipo a los lugares que lo requieran.
¡No están solos! Como sector esencial estamos atendiendo la recomendaciones para cuidarnos y cuidarlos a todos, nuestros operadores del transporte de carga no se detienen, sabemos que México los necesita.
A todas y todos ustedes ¡muchas gracias por su gran labor!
Para ANTP, la competitividad va de la mano de la eficiencia en el transporte y distribución de mercancías, por lo que, la implementación del modelo logístico PSR “Precision Scheduled Railroading” en el transporte ferroviario es fundamental para optimizar las operaciones en este sector.
PSR, es una metodología creada por Hunter Harrison (1944-2017), quien fue CEO de varias empresas ferroviarias. El objetivo de esta estrategia, derivado del crecimiento de la demanda para transportar, es obtener una mayor agilidad maximizando el uso de los activos y al mismo tiempo minimizar los costos no esenciales.
Consiste en transportar la misma carga o incluso incrementarla con menos vagones y locomotoras que utilicen una línea de transporte directa más simplificada a través de su red. Este modelo primero en entrar, primero en salir mantiene el inventario (y las cadenas de suministro) en movimiento.
La política se implementó por primera vez a principios de la década de los 2000 en Canadian National, bajo la dirección de Harrison. El se retiró por un tiempo con $ 40 millones en beneficios, posteriormente, fue instalado como CEO del Canadian Pacific Railroad en 2012 después de un impulso de Pershing Capitol Management. Bajo su mandato, redujo el empleo de 15,000 a 12,000, mientras implementaba cambios de política ampliamente odiados para los empleados operativos.
Lo que para muchos no es bien visto, ya que el despido de trabajadores del ferrocarril es un efecto trascendental del PSR, y al mismo tiempo; de nos ser implementado estratégicamente, deja de dar servicio adecuado a clientes pequeños.
Para Harrison, en la aplicación de este método, el primer pilar es seguridad, el segundo es servicio, en el cual los ferrocarriles harán lo que dicen que los clientes harán, el tercero es el desarrollo de un equipo de trabajo en el que se cultive al mejor equipo de especialistas en transporte ferroviario y el último pilar es la optimización de los activos de manera eficiente y productiva.
Dentro de la ExpoRail XIX, Erwin Bernal Ruíz por parte de KCSM expuso que para poder establecer correctamente los pilares, se deben considerar los siguientes principios generales:
PSR generalmente implica eliminar patios de clasificación, consolidar centros de despacho, reducir en gran medida el personal y reducir los presupuestos de capital con los objetivos finales de mejorar en gran medida los márgenes y los rendimientos del capital invertido a través de una mayor utilización de activos.
Otro de los beneficios del PSR es que puede hacer que el ferrocarril sea accesible para más clientes. En el pasado, se exigía a los remitentes de ciertos productos que enviaran un tren unitario completo de producto (en otras palabras, una cantidad muy grande) para ser atendidos por el ferrocarril. Con un enfoque en mover carros, los ferrocarriles que emplean PSR ahora están acomodando envíos más pequeños de esos mismos productos. Exigiendo una mayor programación a los usuarios.
El mantener los trenes en movimiento, reducir la permanencia y operar una red equilibrada, lo que a su vez brinda un servicio más confiable, son básicamente los principales objetivos del PSR. Al correr directamente desde el origen hasta el destino, el PSR corta el desvío, evita los cortes intermedios, permite la operación de trenes más largos, aumenta la velocidad promedio del tren y reduce los tiempos de permanencia en la terminal. Los trenes en los ferrocarriles PSR funcionan con un horario estricto: si los vagones del cliente no están cargados, el tren no esperará.
El modelo PSR funciona para equilibrar la red ferroviaria y garantizar que los recursos correctos estén en su lugar para mover sus productos a tiempo, es por esto, que los ferrocarriles no son los únicos beneficiarios, los usuarios y clientes del ferrocarril obtienen un mejoramiento en el servicio, más confiabilidad, eficiencia, consistencia y rapidez, que así mismo, fortalecerá su cadena de suministro y al mismo tiempo a reducirá costos. Es muy importante mencionar que los beneficios para los usuarios deben quedar reflejados en indicadores muy precisos.
La estrategia de PSR está en proceso de implementación en varios de los concesionarios de nuestro país, y está comenzando a generar mejoras en los índices de eficiencia y productividad en la industria ferroviaria de México.
La mejoría en la eficiencia del servicio ferroviario, sin duda, se verá fortalecida, ya que se enfoca en los factores claves del negocio, no esta peleada con la seguridad, si no que es parte de, y por lo tanto los resultados financieros se verán reflejados en el impacto del PSR.
Al mismo tiempo varios usuarios del ferrocarril no comparten este tipo de método ya que limitan algunos servicios, por lo que el PSR seguirá teniendo resultados positivos en México, en la medida de que se respete la regulación económica y los indicadores de desempeño demuestren beneficios para los usuarios y concesionarios.
En diciembre de 2019 surgió en China un nuevo virus que lleva por nombre COVID-2019 (siglas de Coronavirus Disease y año en que surgió) que tiene en alerta a las autoridades de salud del mundo entero. A finales del mismo mes, el gobierno de China informó la situación a la oficina local de la Organización Mundial de la Salud (OMS), por lo que muy pronto se descubrió que este nuevo virus es capaz de transmitirse de persona a persona.1
El 30 de enero de 2020 Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la OMS, decretó a esta epidemia como emergencia internacional, declaró que el brote mundial por el nuevo coronavirus constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional.2 Posteriormente, el 11 de marzo declaró que la OMS mantiene una evaluación permanente de este brote y están profundamente preocupados tanto por los alarmantes niveles de propagación y gravedad, como por los alarmantes niveles de inacción. Derivado de la evaluación, llegaron a la conclusión de que el COVID-19 puede considerarse una pandemia.
Ante la emergencia mundial, el 30 de marzo el Director General de la OMS dio un discurso ante los ministros de comercio del G20, mediante el cual, entre otras cosas muy importantes, enfatizó que el comercio es clave para controlar la pandemia de COVID-19. Garantizar el libre movimiento de productos sanitarios esenciales es crucial para salvar vidas y mitigar las consecuencias sociales y económicas de la pandemia. Mencionó que los países deben colaborar con las empresas para incrementar la producción de suministros médicos esenciales, tanto para sus mercados internos como para la exportación, garantizando el libre movimiento de los productos sanitarios esenciales, manteniendo abiertas sus fronteras y abstenerse de aplicar políticas que puedan trastornar las cadenas de suministro, preservando sus capacidades de transporte terrestre, aéreo y marítimo de mercancías y a dar prioridad al transporte del equipo y el personal médicos necesarios.
Conforme a lo señalado en el Informe de situación de la enfermedad por coronavirus (COVID-2019) de la OMS número 40 del 29 de febrero de 20205, para esta fecha muchos países ya reportaban un incremento en el número de contagios y muertes por COVID-19, México reportó los 2 primeros casos de COVID-19.
Con la evolución de casos sospechosos y confirmados en México, el Gobierno Federal, a través del Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud, definió diversas acciones que se dieron a conocer a través de los siguientes documentos oficiales:
El 23 de marzo de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.
El 24 de marzo de 2020 publicó en el DOF, el ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) , que tiene por objeto establecer las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), siendo estas las siguientes:
a) Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave.
b) Suspender temporalmente las actividades escolares en todos los niveles.
c) Suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado.
d) Suspender temporalmente los eventos masivos, saludar aplicando las recomendaciones de sana distancia (evitar saludar de beso, de mano o abrazo).
e) Cumplir las medidas básicas de higiene.
El 30 de marzo de 2020 fue publicado en el DOF el ACUERDO por el que se declara emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), que estará vigente del 30 de marzo al 30 de abril, por lo que la Secretaría de Salud emitiría las acciones correspondientes.
Con la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la Secretaría de Salud el 31 de marzo publicó en el DOF el ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, ordenando la suspensión inmediata de todas aquellas actividades no esenciales. Dicho acuerdo determinó como actividades esenciales y fundamentales en la economía del país las siguientes: financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales; logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.
Considerando que el ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, ordenaba la suspensión inmediata de las actividades no esenciales, las industrias que no fueron consideradas dentro de dicha categoría iniciaron la emisión de comunicados de cierre temporal. No obstante, diversas actividades estratégicas para el funcionamiento y la economía del país no estaban consideradas como actividades esenciales, la Secretaría de Salud, el pasado 6 de abril de 2020, publicó en el DOF el ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV, donde a través de su artículo primero detalla y amplia las actividades y considera, entre otras, a las empresas de producción de acero, cemento y vidrio, así como los servicios de tecnología de la información.
El servicio de autotransporte federal de carga y la operación del transporte privado de carga son actividades esenciales en la cadena de suministros de medicamentos, materiales de curación, energéticos, alimentos y bebidas que la sociedad requiere. Por ello, las autoridades deben permitir y garantizar un libre flujo del transporte de carga en el territorio nacional reforzando la vigilancia en carreteras, además de facilitar la actividad del sector mediante acciones encaminadas a la simplificación o exención de trámites, suspensión de restricciones horarias, pago de impuestos, etc., durante la contingencia sanitaria, con el objetivo de poder contrarrestar los efectos negativos que se pudieran presentar.
Adicional la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Mexicano del Transporte (IMT) proveen las recomendaciones para la OPERACIÓN DEL AUTOTRANSPORTE ANTE LA CONTINGENCIA DEL COVID-19 con el interés de coadyuvar a la continuidad de las operaciones del sector transporte y logística en México ante la contingencia del COVID-19. Entre las que destacan para los conductores las siguientes:
• No bajar de la unidad a menos que requieran servicios de aseo y alimentación.
• Mantener una distancia mínima de 1.5 metros con otras personas.
• No permitir abordar a la cabina del vehículo a ninguna persona ajena al proceso autorizado.
• Atender las normas de seguridad establecidas por los clientes.
• Si la operación se realiza con maquinaria de las instalaciones, deberás solicitar la aplicación de productos desinfectantes.
• Desinfectar o lavarte las manos una vez finalizada la operación de carga o descarga.
Es importante resaltar que dentro de las recomendaciones del IMT señalan que debemos cuidar a los operadores ya que son actualmente los Héroes del COVID-19.
Atendiendo las recomendaciones, las empresas socias de ANTP tienen un compromiso fundamental con sus conductores que han demostrado esfuerzo y dedicación, que sin importar la situación y adversidad continúan realizando su actividad para llevar las mercancías a donde las necesitan. Por ello han establecido medidas y protocolos de prevención, limpieza, sanitización y capacitación a los conductores sobre como deben de cuidarse en su operación, para reducir al mínimo el contagio y propagación del virus y al mismo tiempo continuar su labor de forma segura y responsable.
Debemos asegurar que la comunicación sea eficaz y oportuna, garantizando que su salud y seguridad sigan siendo nuestra principal prioridad. Esto incluye asegurarse de que tengan todos los suministros que necesitan, incluidos desinfectantes, cubre bocas, guantes, etc.
Fuentes:
De acuerdo con datos de INEGI 2018, el subsector autotransporte de carga aportó el 51.4% (618,320 millones de pesos a precios de 2013) del PIB correspondiente al sector Transportes, correos y almacenamiento, lo cual representa una aportación del 3.4% al Producto Interno Bruto (PIB) nacional ubicándose en el lugar 8º a nivel nacional, debajo de la extracción de petróleo y gas.
La tasa de crecimiento del PIB nacional tuvo una variación porcentual del 2.1% durante el periodo de 2008 – 2018, mientras que el autotransporte de carga creció 3.7% durante el mismo periodo.
Por otra parte, en 2018 en el autotransporte de carga los puestos de trabajo ocupados fueron 1,098,6682, el 2.5% de los puestos de trabajo ocupados a nivel nacional, con un crecimiento promedio anual del 1.7% desde el año 2003.
Respecto a las exportaciones e importaciones de mercancías según el modo de transporte, el autotransporte representó en el mes de noviembre de 2019 el 63.2% (23,685,328 miles de dólares) y el 48.8% (17,920,779 miles de dólares) respectivamente.
Comparado el autotransporte de carga con el transporte marítimo, aéreo y ferroviario, éste juega un papel indispensable en el transporte de mercancías ya que de los 1,002 millones de toneladas movilizadas en 2018 el 55.5% (556.4 millones de toneladas) son transportadas por autotransporte de carga. El movimiento de estas mercancías se realiza bajo esquemas logísticos que durante años se han ido optimizando para permitir una mayor competitividad y eficiencia, con seguridad vial y menos emisiones contaminantes.
El esquema logístico para la distribución primaria (T1), que las empresas han optimizado para movilizar las mercancías entre plantas productoras, centros de distribución, puntos de venta, puertos marítimos, terminales aéreas y ferroviarias, para atender de forma eficiente y competitiva la gran demanda de mercancías, considera el uso de vehículos de gran capacidad doble remolque.
En la distribución secundaria T2 las empresas utilizan un esquema que considera el uso de vehículos de menor capacidad para hacer llegar a comercios, tiendas departamentales, mercados o negocios familiares, los productos de primera necesidad, materiales para construcción, combustibles, electrodomésticos, mensajería y paquetería, entre otros que son indispensables para las actividades cotidianas de las personas.
No obstante, desde el año 2019 diversos Estados y municipios han publicado a través de instrumentos oficiales o anunciado en ruedas de prensa, las políticas publicas e iniciativas para restringir la circulación del transporte de carga en determinadas horas por la mañana y por la tarde, así como prohibir la circulación del doble remolque, con el objeto de hacer más segura la movilidad, reducir los accidentes viales y reducir las emisiones contaminantes PM2.5 y PM10. Algunos de estos Estados y Municipios son los del Área Metropolitana de Guadalajara, el Municipio de Querétaro, el Estado de Yucatán, el Estado de Quintana Roo, el Estado de Nuevo León, la Zona Metropolitana del Valle de México.
De implementarse dichas políticas publicas, las empresas se verían forzadas a cambiar los esquemas logísticos actuales y utilizar más vehículos pequeños para poder atender la demanda en tiempo y forma, es decir, habrá mayor parque vehicular de carga en circulación aumentando la exposición a incidentes viales y el número de conductores.
El Anuario estadístico de accidentes en carreteras federales 20185 el 69% de las causas que originaron un accidente fueron atribuidas al factor conductor por lo que el tema principal que se debe atender es el factor humano a través de mayor capacitación a todos los conductores que circulan por las carreteras y vías urbanas, así como tener mayor supervisión por parte de las autoridades correspondientes con el objetivo de respetar la normatividad y evitar así incidentes viales.
Para el caso de la reducción de emisiones contaminantes, los gobiernos locales están exigiendo al sector transporte de carga implementar nuevas tecnologías como EURO V y EPA 07, sin embargo, de acuerdo con la Nota Técnica 200129 IMPLEMENTACIÓN DE RETROFIT PARA LA REDUCCIÓN DE EMISIONES PROVENIENTES DE VEHÍCULOS PESADOS
EN CIRCULACIÓN, INSTALANDO FILTROS DE MATERIAL PARTICULADO “NO DE ORIGEN” de la ANPACT, es indispensable que exista abastecimiento al 100% de Diésel de Ultra Bajo Azufre (DUBA) en todo el territorio nacional como lo establece la NOM-016-CRE-2016; y el abastecimiento del Agente Reductor de NOx (Urea).
Con la finalidad de dar seguimiento a la disponibilidad del DUBA la Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones, A.C. (ANPACT), en conjunto con otras Cámaras y Asociaciones de la Industria: Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), Cámara Nacional de Transporte de Carga (CANACAR) y Cámara Nacional de Transporte de Pasaje y Turismo (CANAPAT) han realizado muestreos a lo largo del Territorio Nacional en diferentes años, en estaciones de servicio en donde se expende diésel; siendo el objetivo determinar, a través de una muestra representativa, la cobertura y disponibilidad del DUBA en el país. Con base en los resultados analíticos recibidos se observa que hay un nivel de cumplimiento con el requerimiento del abastecimiento de DUBA del 79%; es decir, 273 estaciones de servicio6, de 354 muestras, realizado el 22 de agosto de 2019.
Al respecto la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía han ratificado que PEMEX tendrá el 100% de su producción y disponibilidad de DUBA hasta enero de 2025.
En la actualidad los motores con tecnología Euro V no requieren Filtro de Partículas para cumplir con los límites máximos permisibles de PM2.5 y PM10, de conformidad con sus respectivos Certificados de NOM-044, por lo que hacer exigible la instalación de Filtros de Partículas sería equivalente a exigir la normativa ambiental siguiente (Euro VI / EPA10).
Derivado de la presentación de las Medidas para la Reducción de Emisiones en la ZMVM propuestas por la CDMX, EDO. MEX., SEMARNAT y CAMe, diversas Cámaras y Asociaciones han dirigido una petición al Doctor Víctor Manuel Toledo Manzur, secretario de la SEMARNAT, solicitando una prorroga para el cumplimiento de la NOM-044-SEMARNAT.
La ANTP, ha presentado las prácticas internacionales para reducción de emisiones contaminantes y de accidentes viales, que se documentan en la publicación del ITF (2019) “High Capacity Transport: Towards Efficient, Safe and Sustainable Road Freight”7 donde en 2017 Suecia reportó las pruebas de «remolques DUO», que involucraron tractores con doble remolques (de hasta 32 m de largo), en las cuales los resultados demostraron ahorros sustanciales de combustible y CO2 que se pueden lograr con menos número de vehículos en la carretera.
Las actividades económicas ligadas a la industria del Autotransporte de carga que se podrán ver afectadas por restringir la circulación del transporte de carga son principales proveedores de insumos e importados que se dedican a la fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón, fabricantes de partes para vehículos, fabricación de motores de combustión interna, servicios, reparación y mantenimiento de automóviles y camiones, servicios relacionados con el transporte por carretera y a clientes principalmente como al comercio al mayoreo y menudeo, autotransporte de carga, edificaciones, fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón, empacado y procesamiento de carnes y animales comestibles, entre otros. Del total de insumos utilizados para desarrollar la actividad del Autotransporte de carga, 58.7% son insumos nacionales y 41.3% importados8.
Es importante enfatizar que las restricciones horarias al transporte de carga afectan a toda la industria restando eficiencia a la productividad de las empresas que repercutirá directamente el PIB y la competitividad del país.
Si consideramos el mejor escenario en el que toda la industria trabaja las 24 horas, cada 3 horas que el transporte de carga no pueda atender la demanda de materias primas o productos de las plantas productoras, centros de distribución o puntos de venta, representaría un impacto negativo en el 12.5% al PIB.
En cuanto al impacto laboral a conductor se le quitarán 3 de 8 horas laborales por lo que la medida impacta en detrimento de su patrimonio.
La implicación a la salud, seguridad patrimonial y bienestar social de la población urbana puede agravarse si los horarios se van corriendo a jornadas vespertinas, un ejemplo a considerar es que los horarios de las guarderías, primarias y secundarias están alineados con las jornadas laborales actuales. Adicional, si los horarios llegaran a recorrerse a jornadas nocturnas no existe una oferta de transporte para la fuerza laboral ni garantía de la seguridad patrimonial.
Es por ello que cualquier política pública debe atender el principio de la jerarquía de movilidad y otorgar prioridad a cada usuario para la utilización del espacio vial conforme el nivel de vulnerabilidad de los usuarios, el impacto que cada medio de transporte genere en el ambiente y la contribución a la productividad lo siguiente:
El imponer restricciones a un usuario con mayor jerarquía de movilidad que el automóvil particular y las motocicletas, va en contra de lo establecido en una Ley o reglamento, por lo que los resultados pueden generar impactos negativos a la sociedad, industria y la autoridad.
1INEGI/SITEMA DE CUENTAS NACIONALES/Producto Interno Bruto (PIB)/Tabulados.
https://www.inegi.org.mx/programas/pib/2013/default.html#Tabulados
2INEGI/Sistema de Cuentas Nacionales/Por actividad de los Bienes y Servicios. Base 2013. Serie anual detallada desde 2003/Por árbol de contenido/Insumo de mano de obra/puestos de trabajo ocupados remunerados, dependientes de la razón social y puestos de trabajo no dependientes de la razón social/autotransporte de carga.
https://www.inegi.org.mx/app/tmp/tabuladoscn/default.html?tema=CBS
3INEGI-Balanza Comercial de Mercancías de México/Comercio exterior según modo de transporte
https://www.inegi.org.mx/programas/comext/default.html#Tabulados
4SCT/Transporte y Medicina Preventiva/Autotransporte Federal/Estadística Básica del Autotransporte Federal
http://www.sct.gob.mx/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/estadistica/2018/
5 IMT-Anuario estadístico de accidentes en carreteras federales (2018)
https://www.imt.mx/archivos/Publicaciones/DocumentoTecnico/dt77.pdf
6BOLETÍN-ANPACT/DIÉSEL DE ULTRA BAJO AZUFRE Y SU RELACIÓN CON LA NOM-044-SEMARNAT-2017: EVOLUCIÓN DE DISPONIBILIDAD DE 2016 A 2019
http://www.anpact.com.mx/docs/191111%20Documento%20Tecnico%20NOM044.pdf
7ITF (2019), “High Capacity Transport: Towards Efficient, Safe and Sustainable Road Freight”, International Transport Forum Policy Papers, No. 69, OECD Publishing, Paris., pág. 27-28
https://www.itf-oecd.org/sites/default/files/docs/high-capacity-transport.pdf
8INEGI-CANACAR/Colección de estudios sectoriales y regionales. Conociendo la Industria del Autotransporte de carga 2019/Actividades económicas ligadas a la Industria del Autotransporte de carga/Matriz Insumo-Producto (MIP*/)
https://canacar.com.mx/app/uploads/2019/03/Autotrans2019_con-la-norma-institucional-para-internet.pdf
Los años 2017 y 2018 fueron años en donde la incidencia delictiva en contra del robo al transporte de carga tuvo su mayor crecimiento. Los primeros meses de 2019 presentaron un aumento en comparación con el año 2018 y a partir de los meses de junio y julio se observó una tendencia a la baja en los diferentes reportes del robo al transporte de carga.
Por lo anterior, tenemos que al mes de diciembre del 2019 el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional publicó la siguiente información:
1. Al 31 de diciembre de 2019 se reportaron un total de 11,451 carpetas de investigación de robos a transportistas de los cuales 9,875 (85.5 %) fueron con violencia y 1,666 (14.5 %) sin violencia.
Así también, es importante señalar que:
2. De enero a diciembre de 2019 contra el mismo periodo de 2016, existe un incremento del 33%.
3. A diciembre de 2019 en comparación al mismo periodo de 2017, existe un incremento del 0.10%
4. De enero a septiembre de 2019 contra el mismo periodo de 2018 hay un decremento del -7%.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala también que los estados con mayor incidencia delictiva son Estado de México y Puebla, los cuales tienen más del 60% del total de carpetas de investigación iniciadas en el fuero común por robo a transportistas.
Por su parte la Fiscalía General de la República por medio de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, reportó que del mes de febrero de 2018 a diciembre de 2019 se han iniciado un total de 9,622 Carpetas de Investigación en el Fuero Federal.
Es importante señalar que, a partir del 22 de febrero de 2018, ANTP, así como las diferentes cámaras y asociaciones, hemos impulsado diferentes acciones para que nuestros asociados realicen sus denuncias en el fuero federal, por lo anterior, es que a nivel federal existe un incremento importante en el número de carpetas de investigación elaboradas si se compara el año 2018 con el año 2019.
sí también la Fiscalía General de la República señala que las mercancías mas robadas en el mes de diciembre de 2019 fueron: alimentos y bebidas y materiales para la construcción.
Respecto del sector asegurado, el cual abarca únicamente el 35% del total de las unidades que circulan en el país, la Oficina Coordinadora de Riesgos Asegurados (OCRA), señaló que, de los vehículos asegurados en el sector del transporte de carga, la incidencia delictiva disminuyó en 2019 un -7% en comparación con lo que se reportó en el año 2018, ya que pasó de 11,535 reportes de robo en 2018 a 10, 699 en 2019.
Es importante enfatizar que a partir del mes de marzo de 2018, tanto la Fiscalía General de la República, como el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reportan la incidencia delictiva del robo al autotransporte de carga como se ha señalado en los párrafos anteriores, por lo que si se suman las carpetas de investigación reportadas por ambas instituciones y se toma en cuenta únicamente lo reportado de marzo a diciembre de 2018 y el mismo periodo de 2019, existe un incremento del 8% a diciembre de 2019 en comparación con 2018.
Como observamos, la incidencia delictiva de robo al transporte de carga en el año 2019 mostró una disminución mínima, sin embargo también se ve un aumento al sumar los reportes por parte de la FGR y el SESNSP, ante esta situación consideramos que la tendencia en los robos mantiene los mismos niveles, por lo cual, en ANTP continuaremos impulsando acciones de prevención y reacción en este 2020, a través del impulso de acciones conjuntas entre empresarios y autoridades, como lo es el Plan carretera Segura en Puebla y su extensión a los estados de Veracruz, Estado de México y Guanajuato, con la finalidad de que la disminución observada durante 2019 sea aún más visible en beneficio del sector del transporte de carga.
La prevención del delito es compromiso de todos, participa en las acciones de la ANTP.
Suben 3% tarifas en casetas de Capufe
Debido a la inflación que se registra en México, el Fondo Nacional Infraestructura (Fonadin) informó, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), que a partir del miércoles 5 de febrero Caminos y Puentes Federales (Capufe) incrementó un 3% las tarifas que cobra en las casetas de cuota en las autopistas bajo su cargo.
Entrega de vehículos eléctricos de Grupo Bimbo
Para revertir los efectos del cambio climático es necesario llevar acciones contundentes, para Grupo BIMBO este es un precepto que tienen muy claro, es por ello que, desde hace años han buscado reducir su huella de carbono, han hecho planes y compromisos para transformarse en una empresa socialmente responsable.
Es por esta razón que se realizó una conferencia de prensa en las instalaciones de la planta de BIMBO Azcapotzalco, donde directivos de la compañía y autoridades de la Ciudad de México hablaron de los compromisos que se necesitan llevar a cabo para mejorar el medio ambiente de la ciudad.
El primero en tomar la palabra fue Javier González Franco, Director General Adjunto de la compañía mexicana quien declaró que «estamos aquí para dar inicio a una flotilla de última generación que nos permitirá seguir avanzando en un propósito central para Grupo BIMBO cuidar el medio ambiente de nuestra ciudad».
Entre las acciones que Grupo BIMBO ha realizado en pro del medio ambiente, se encuentra el compromiso para el año 2025, de utilizar energía 100% renovable en todas sus oficinas y centros de distribución. Otro de los compromisos a mediano plazo es la actualización del parque vehicular de combustión interna a vehículos completamente eléctricos, el propósito es renovar un promedio de mil vehículos anualmente durante 4 años. Para dicho objetivo se contempla una inversión de 2,800 millones de pesos.
Durante la conferencia se realizó la presentación de la marca de vehículos de reparto Vekstar, recientemente lanzada al mercado por Moldex, filial de Grupo BIMBO. Es importante destacar que toda la flotilla de reparto eléctrica fue diseñada por ingenieros mexicanos.
Al evento también asistieron autoridades capitalinas como Marina Robles, Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México, quien destacó que es preciso renovar diversos puntos estratégicos de la logística de la ciudad, además señaló que se requiere una transformación en todos los sentidos, tanto en materia de infraestructura como cultural.
Por su parte, Andrés Lajous, Secretario de Movilidad de la CDMX hizo hincapié en el plan de reducción de emisiones contaminantes que se está llevando a cabo en la ciudad, de igual forma, señaló que es prudente revisar los programas logísticos que se desarrollan en la metrópoli con el fin de incentivar proyectos semejantes al de BIMBO.
Para culminar, la Secretaria de Medio Ambiente de la Ciudad de México, felicitó a Grupo BIMBO por este esfuerzo, concluyó diciendo: “estoy segura que si las empresas, industrias y personas seguimos ejemplos tan inspiradores como el que Grupo BIMBO nos muestra hoy, podremos hacer realidad esta transformación hacia un futuro sustentable para nuestra ciudad y para el mundo”.
Tras finalizar con los mensajes de directivos y autoridades, se dio el banderazo de salida de las nuevas unidades que BIMBO utilizará para el reparto de producto, de esta forma, Grupo BIMBO avanza con pasos firmes el camino de construir una empresa sustentable.
El doble remolque, beneficios y áreas de oportunidad
El Centro de Experimentación y Seguridad Vial México (CESVI) el cual es experto en la prevención de accidentes de tránsito llevó a cabo la Expo-CESVI 2020 del 20 al 22 de febrero, donde diferentes especialistas en materia de seguridad vial se dieron cita para compartir y debatir diversos puntos de vista sobre el transporte en las ciudades.
Sin duda, uno de los temas más álgidos fue el transporte de mercancías en unidades doblemente articuladas, por este motivo se realizó una mesa de trabajo titulada “El doble remolque, beneficios y áreas de oportunidad”, en la cual conocedores del autotransporte de carga hablaron de distintas cuestiones que engloban este medio de transporte.
Cabe destacar que en 2018 el autotransporte de carga contribuyó con el 3.2% del producto interno bruto en México, dio trabajo a 1.13 millones de personas y hoy por hoy los vehículos doblemente articulados mueven cerca del 30% de la carga en el país.
La Directora Jurídica de la Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), Patricia Vizcaya, dijo durante su participación en esta mesa de trabajo, que en caso de retirar por completo las unidades doblemente articuladas del país, el aumento del flujo vehicular en carreteras aumentaría en un 22%.
Además, mencionó que la inversión adicional para reemplazar todos estos vehículos sería de más de 10 mil millones de dólares, dado que la demanda de productos seguiría siendo la misma y por lo tanto más unidades tendrían que ser utilizadas para llevarlos a las diferentes zonas del territorio nacional. Esto traería como resultado, un encarecimiento del costo de transporte que se traspasaría directamente a los consumidores finales.
Por otro lado, Patricia Vizcaya también comentó que la contaminación aumentaría de manera considerable, dado que las unidades adicionales que serían requeridas para transportar las mismas mercancías que la demanda necesita generarían más de 500 mil toneladas de dióxido de carbono al año, por mayor utilización de combustible.
Para concluir Juan Botis, Director de Vehículos de México de Grupo Bimbo, destacó la importancia de los operadores en cada traslado de mercancía que se realiza en el país, mencionó que para tener una mejora continua en la operación de la flota, es preciso hacer acciones complementarias con personal calificado y supervisores que evalúen la operación de los conductores, así como el mantenimiento de los vehículos y la telemetría de los hábitos de manejo de cada conductor.