Armonización de leyes estatales y municipales

Armonización de leyes estatales y municipales

Armonización de leyes estatales y municipales conforme a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

Derivado de la publicación de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), el pasado 17 de mayo, como ANTP hemos dado un seguimiento puntual a las iniciativas de ley o de reforma a las leyes vigentes de movilidad y seguridad vial,  tránsito o transporte de las entidades federativas, a fin de armonizarlas a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que señala en su artículo transitorio segundo un plazo perentorio en noviembre del presente año, con la finalidad de garantizar una movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, así como el enfoque de sistemas seguros, es decir, prácticas integrales que redistribuyen responsabilidades entre los diversos actores relacionados con la movilidad y la seguridad vial.

Como es sabido, el sector del autotransporte de carga es indispensable en la recuperación y desarrollo económico del país, por lo que ha sido considerado como un sector esencial durante esta, aún presente, pandemia, por ello es necesario eliminar la sobrerregulación que se vive en los estados y municipios para que no sea un obstáculo en la logística y distribución de los bienes y mercancías, ya que genera una mayor carga tanto administrativa como económica que se refleja en los costos que impactan al consumidor final.

Actualmente, la carga regulatoria en estados y municipios afecta la competitividad y productividad, no solo del sector de carga, sino de todo el país. Basado en datos recabados por la ANTP, actualmente en 310 MUNICIPIOS de las 32 entidades federativas de la República se solicitan permisos locales que van desde $1,000.00 hasta $1,015,102.00 anuales por flota (aproximadamente de 80 vehículos). Asimismo, en 19 ESTADOS se requieren permisos estatales desde $1,600 hasta $2,192,398 anuales por flota.

En este sentido, en 2018 la Comisión Federal de Competencia Económica “COFECE”, emitió diversas opiniones relacionadas con la sobrerregulación, respecto de los Reglamentos homologados en la zona metropolitana de Nuevo León, que establecían restricciones al transporte de carga así como distorsionaban la provisión eficiente de este servicio, por lo que, recomendó a los poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, así como a los Ayuntamientos de la zona metropolitana de Nuevo León, a no afectar el proceso de competencia económica y libre concurrencia en la provisión de los servicios público y privado de autotransporte de carga.

Por lo anterior, con la finalidad de atender el reto mencionado, es importante que los Congresos locales homologuen sus leyes estatales cabalmente conforme a la LGMSV, la cual establece evitar sobrerregular y gravar al autotransporte de carga, tanto a los servicios de autotransporte federal, transporte privado y sus servicios auxiliares regulados por lo Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

Al momento, legisladores de distintos estados han emitido iniciativas de ley de movilidad y seguridad vial estatales o bien, reformas a sus leyes vigentes en la materia, entre los que se encuentran:

  • Aguascalientes
  • Chihuahua
  • Jalisco
  • Michoacán
  • Nayarit
  • Nuevo León
  • Puebla
  • San Luis Potosí
  • Sinaloa
  • Sonora
  • Tamaulipas
  • Tlaxcala
  • Yucatán

Por lo que, como ANTP nos hemos dado a la tarea de compartir a las autoridades competentes de los estados antes mencionados, una propuesta de Ley Marco que contiene los siguientes conceptos torales conforme a los objetivos de la Ley, que a su vez benefician la movilidad de personas, bienes y mercancías de manera segura, accesible, eficiente, sostenible, con calidad, inclusión e igualdad:

  • Evitar sobrerregular y gravar al autotransporte de carga.
  • Reconocer los permisos otorgados por la SICT para suministrar los servicios de transporte.
  • Reconocimiento de las licencias de conducir en material plástico o de forma digital.
  • Paradores seguros.
  • Observatorio Ciudadano de Seguridad Vial, permitirá verificar el cumplimiento de los programas de capacitación acordados dentro del Sistema Estala de Movilidad y Seguridad Vial, así como para generar propuestas, evaluación, difusión de información y conocimientos en la materia.
  • Bahías de carga y descarga de mercancías (Espacios públicos de diseño universal, infraestructura).
  • Estudios técnicos en materia de movilidad y seguridad vial para regular y ordenar la circulación sin obstaculizar la distribución de mercancías. (NO permisos, ni autorizaciones adicionales).
  • A través del Sistema Estatal de Movilidad y Seguridad Vial como sector deberemos de impulsar la acreditación de programas de capacitación para que sean impartidos por las propias empresas y sean reconocidos por las autoridades locales.
  • En este sentido, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece los “la sensibilización, educación y formación en materia de movilidad y seguridad vial” por lo que, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deberán diseñar, implementar y ejecutar los planes, programas, campañas y acciones para sensibilizar, educar y formar a la población en materia de movilidad y seguridad vial, en donde la participación del sector del autotransporte de carga deberá jugar un papel importante para la capacitación de los operadores en estos temas.

Con el desarrollo de las políticas públicas que genere esta LGMSV en los estados y municipios nos dará la pauta para establecer qué acciones deberán ser mejoradas y lograr el equilibrio entre la movilidad y la seguridad vial, como en el movimiento de personas, bienes y mercancías, de manera segura, accesible, eficiente, sostenible, con calidad, inclusión e igualdad.

Comparte con tus amigos este artículo:
antp

Deja tu mensaje