El pasado 17 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, entrando en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 18 de mayo del año en curso.
La Ley tiene por objeto establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sotenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
Algunos de los puntos relevantes de esta ley son:
Por otro lado, como ANTP impulsamos puntos clave como factor importante en el autotransporte federal de carga como son:
¿Qué sigue?
En cumplimiento a lo señalado en los artículos transitorios, en un plazo no mayor a 180 días después de la entrada en vigor de la Ley, es decir, antes del 14 de noviembre del año en curso, “el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, deberán reformar las leyes de su competencia (leyes estatales y municipales), a fin de armonizarlas con lo dispuesto en la Ley.”
En este sentido, ANTP ha elaborado un proyecto de Ley Marco con una propuesta de artículos irreductibles a favor del autotransporte de carga, que se propondrán a los estados y municipios para la armonización de sus leyes en la materia.
Como ANTP seguiremos impulsando la indispensable armonización de las leyes estatales y municipales acorde a la Ley General de Movilidad y Seguridad vial, así como fomentar acciones en pro de la movilidad y la seguridad vial, en beneficio de toda la población y del sector del autotransporte de carga.