¿Conoces las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México?

¿Conoces las nuevas disposiciones del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México?

Por Daniel Montañez Nava y Gustavo Chávez Lara

En la Ciudad de México existe una población de 8,918,6531 habitantes, el 7.5% del total del país y se tiene registrado un parque vehicular de 5,471,9042 que corresponde al 12% del total nacional.

Los accidentes de tránsito en la Ciudad de México representan el 3.35% (12,321)3 en zonas urbanas y suburbanas a nivel nacional. En este sentido, en las vías de comunicación de la Ciudad de México transitan peatones, ciclistas, pasajeros y conductores los cuales deben aprender a respetar la normatividad existente para generar una sana convivencia entre los usuarios y sobre todo evitar accidentes de tránsito.

Por ello el pasado el 19 de marzo del presente año fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, entrando en vigor el 22 de abril del año en curso, teniendo por objeto regular la circulación de peatones y vehículos en la vía pública y la seguridad vial en la Ciudad de México y aplica para a peatones, ciclistas, conductores, pasajeros y propietarios de cualquier tipo de vehículo matriculado en el país o el extranjero y que circule en el territorio de la Ciudad de México.

Asimismo, el nombre del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal fue modificado por lo que ahora se llamará “Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México”. Los 17 artículos que se reforman, así como las modificaciones a sus respectivas fracciones y/o párrafos se muestran en la Tabla 1:

¿Pero en qué consisten dichas modificaciones?

Algunas de las modificaciones que contemplan en el Reglamento consisten en lo siguiente:

  • Se agregan las definiciones de;
    • Equipo electrónico – que consiste en un conjunto de aparatos y dispositivos portátiles para el tratamiento de imagen e información para apoyar tareas de movilidad y seguridad vial;
    • Sistema tecnológico – conjunto organizado de dispositivos electrónicos, programas de cómputo y, en general, todo aquello basado en tecnologías de la información para apoyar tareas de movilidad y seguridad vial;
    • Penalización por puntos a la matrícula – procedimiento de asignación y contabilidad de puntos por sanciones derivadas de las infracciones registradas por los sistemas tecnológicos de la Ciudad de México, impuestos a las matrículas vehiculares.
  • En armonía con las modificaciones antes señaladas, se contempló la reclasificación de vialidades primarias5 misma que se publicó el pasado 23 abril en la Gaceta de la Ciudad de México, donde algunas Vías Primarias son reclasificadas por sus características físicas y operacionales se asemejan a Vías de Acceso Controlado, para quedar como se muestra en la Tabla 2:
  • Se mantienen los límites de velocidad urbanos de 20 km/h en zonas escolares y residenciales, 50 km/h en vías primarias, 40 km/h en vías secundarias y 80 km/h en vías de acceso controlado, sin embargo, se especifica que se tendrá la penalización de 5 puntos cuando se rebase el límite de velocidad por más de 40% de la velocidad máxima autorizada.
  • Se hicieron ajustes en tablas de sanciones, para reflejar el demérito de puntos a las matrículas vehiculares por el programa de Fotocívicas, el cual se aplicará como se muestra en la Tabla 3:
    1. Todas las placas inician con 10 puntos.
    2. 1. Cada infracción registrada por cámaras y radares equivale a 1 punto menos en el esquema de penalización por puntos a la matrícula.
    3. Las infracciones tendrán una penalización automática de 5 puntos cuando se rebase el límite de velocidad por más de 40% de la velocidad máxima autorizada, de acuerdo con la información captada.¿Sabes con qué debes cumplir en dado caso de tener puntos de penalización?Por ejemplo, si a la placa que se le han aplicado las Fotocívicas le quedan 7 puntos podrá verificar únicamente si el conductor (dueño del vehículo) cumple con el curso I del curso en línea básico que se establece como sanción, y dependiendo de los puntos restantes en la matrícula se deberá realizar servicio a favor de la comunidad como se muestra en la Tabla
    4. Por otro lado, se establece que los vehículos con placas de la Ciudad de México quedan exentos de la inmovilización en zonas de parquímetros, pero no de la infracción y sólo los vehículos con placa foránea serán inmovilizados y deberán cubrir el pago correspondiente y de todas las infracciones registradas, de ser el caso.Así mismo se debe tomar en cuenta que aún se mantienen como sanciones económicas todas las infracciones que: sean registradas por hand held, a vehículos que invadan el carril confinado del Metrobús, a placas de personas morales, a placas de transporte público, a placas de transporte de carga, a placas de taxi y a placas de otra entidad federativa o país.Por último, el artículo 64 en su párrafo tercero indica que las sanciones que se impongan por invasión de carriles confinados e impuestas a matrículas vehiculares de personas morales, matrículas vehiculares de transporte público, matrículas vehiculares de transporte de carga, matrículas vehiculares de taxis y matrículas vehiculares de otra entidad federativa o país en territorio de la Ciudad de México, por sistema tecnológico, serán siempre de carácter monetario. Como ciudadanos debemos respetar las disposiciones incluidas en el Reglamento de la Ciudad de México para contribuir y promover la sana convivencia dentro de toda la comunidad, así como cumplir con nuestras obligaciones legales y éticas, ya que recuerda esto tiene el objetivo de mejorar las condiciones de tránsito y seguridad vial para los usuarios dentro de la Ciudad.

 

 


1INEGI. Cuéntame información por entidad/Ciudad de México 2015

http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/df/default.aspx?tema=me&e=09

 

2INEGI. Estadísticas de vehículos de motor registrados en circulación 2017.

https://www.inegi.org.mx/sistemas/olap/consulta/general_ver4/MDXQueryDatos.asp?proy=

 

3INEGI. Estadísticas de accidentes de tránsito terrestre en zonas urbanas y suburbanas 2017.

https://www.inegi.org.mx/sistemas/olap/consulta/general_ver4/MDXQueryDatos.asp?proy=

 

Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal 19/03/19.

http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/eab523d563abb2a2ce9d4cd1afb66fef.pdf

 

5Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal 23/04/19.

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/ca3e78d3df4390ad9afcd417a21f58d9.pdf

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